www.cubaencuentro.com Viernes, 16 de mayo de 2003

 
  Parte 1/6
 
Proyecto Varela
Petición que reclama un referéndum para aprobar mayores libertades civiles, una amnistía para los presos políticos y la elaboración de una nueva ley electoral en Cuba, promovida por Oswaldo Payá, presidente del opositor Movimiento Cristiano Liberación, avalada por la firma de 11.020 ciudadanos y presentada a la Asamblea Nacional del Poder Popular en La Habana en mayo de 2002.
 

Fundamentación

La Constitución de la República de Cuba garantiza a los ciudadanos el derecho a proponer cambios en el orden jurídico y también ofrece los procedimientos para que, mediante la consulta popular, el pueblo decida soberana y democráticamente sobre la realización de los cambios y el contenido de los mismos. Este valor de las leyes actuales, de contener en sí mismas la llave para cambiar la ley, para que éstas se ajusten a las necesidades y demandas de mejoramiento de la sociedad, se completa si el pueblo, que está legítimamente dotado para hacerlo, puede accionar esta llave.

Esta forma de acción cívica es el enlace por excelencia entre la voluntad popular y las estructuras políticas y jurídicas de la sociedad que practica la democracia. El funcionamiento de este enlace es signo de la capacidad de evolución pacífica y gradual de la sociedad, de su capacidad para transformarse y avanzar progresivamente en un desarrollo armónico e integral, en la elevación de la calidad de vida.

Por esto proponemos hacer los cambios desde la ley. La ley es siempre perfectible y debe estar en función del bien común y de la realización integral de la persona. Pero existen diversos criterios sobre los cambios que son necesarios en nuestra sociedad en las esferas políticas, sociales y económicas e inclusive opiniones encontradas sobre la pertinencia de estos cambios.

La respuesta no es sencilla y demanda de la buena voluntad y la postura responsable de todos los cubanos.

Entonces, ¿son necesarios los cambios?

Resolver esta cuestión es clave. Pero la respuesta sabia y justa sólo puede darla el pueblo soberano, en una Consulta Popular, en un Referendo.

Pero, ¿por qué estas preguntas, estas propuestas?

Por la respuesta a estas propuestas el pueblo se proporciona a sí mismo los instrumentos legales para, mediante el ejercicio de sus derechos, la práctica de la solidaridad y el cumplimiento de sus deberes, tener una participación más plena en las decisiones que le afectan, en la determinación del rumbo que tome nuestra nación y en la construcción de una sociedad mejor.

Con estas bases es el propio pueblo quien decide si hay cambios o no y quién realiza los cambios como protagonista y sujeto de su historia.

No estamos ofreciendo un proyecto o modelo de sociedad, sino proponiendo el primer paso para crear nuevas y mejores condiciones de derecho. Y que así, entre todos los cubanos, creen y desarrollen su propio proyecto de sociedad según su voluntad soberana, a partir de los valores espirituales de nuestra nación y las experiencias de su historia, y para responder a los desafíos que nos plantea la llegada del nuevo milenio.

Firmar esta solicitud no significa, en modo alguno, apoyar o vincularse a ninguna asociación o agrupación y tampoco establecer compromisos con las personas que la redactaron y la proponen. Cuando un cubano firma esta solicitud de Consulta Popular está haciendo uso de los derechos que le da la Constitución actual para hacer peticiones y contribuyendo libre y solidariamente a mejorar nuestra sociedad, a la solución de los problemas que sufre nuestro pueblo y a preparar un futuro mejor para nuestros hijos, aquí, en nuestra Patria.

Las cinco propuestas se explican por sí mismas:

Los derechos a la libre expresión y libre asociación

Estos derechos y todos los Derechos Humanos existen antes de que nadie los formulara o los escribiera; usted y todos sus semejantes tienen estos derechos porque son personas, porque son humanos. Las leyes no crean estos derechos, pero deben garantizarlos. La práctica de estos derechos de asociación y expresión, concreta la participación digna y responsable del ciudadano en la sociedad. Cuando en la propuesta se aclara que la ley debe garantizar estos derechos preservando el respeto a la dignidad humana, a los Derechos Humanos y al bien común, nos anticipamos a cualquier temor infundado contra la libre expresión y la libre asociación, ya que nadie puede ejercer sus derechos atentando contra la dignidad humana y los derechos de los demás, ni tampoco contra el bien común. A su vez nadie puede decir que defiende el bien común anulando el ejercicio de estos derechos, ya que la búsqueda del bien común es trabajar por condiciones de vida en una sociedad donde las personas se realicen plenamente y esto es imposible si no se garantizan los derechos humanos.

1. Inicio
2. Además...
3. La ley podrá...
4. Que dentro...
5. Recomendamos...
6. Nota...
   
 
EnviarImprimir
 
 
Editoriales
Sociedad
Cultura
Internacional
Deporte
Opinión
Desde
Entrevista
Buscador
Cartas
Convocatorias
Humor
Enlaces
Prensa
Documentos De Consulta
Ediciones
 
Nosotros Contacto Derechos Subir