www.cubaencuentro.com Viernes, 28 de octubre de 2005

 
  Parte 7/10
 
Todos Unidos: Propuesta de Programa para comenzar a solucionar los graves problemas de la sociedad cubana
Documento presentado el 10 de febrero de 2004, en La Habana, por Vladimiro Roca, Elizardo Sánchez Santacruz y Félix Bonne.
 

Si aceptamos la anterior definición de igualdad (ya que no existe una aclaración de lo que el artículo 42 de la Constitución socialista interpreta por ello), y la referimos a los "derechos fundamentales esenciales de todo individuo humano", que no pueden dejar de ser, en el mundo de hoy, los que se relacionan en la Declaración Universal de Derechos Humanos de la que Cuba es signataria, entonces surgen de inmediato una larga lista de incongruencias o interrogantes entre el enunciado constitucional y la realidad de hecho. A modo de ejemplo, algunas de estas interrogantes son:

Artículo 5 de la Declaración Universal: "Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes".

¿Las condiciones a las que están sometidos los seres humanos presos políticos en las cárceles cubanas son las mismas a las que están sometidos los cinco seres humanos presos en penitenciarias norteamericanas?

Artículo 8 de la Declaración Universal: "Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales nacionales competentes, que le ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley".

¿Por qué el gobierno cubano, a contrapelo de lo que establece la Constitución en su artículo 43 promueve y financia zonas turísticas de uso exclusivo para extranjeros, ignorando olímpicamente el derecho de los nacionales? ¿Por qué, de forma inconstitucional, se excluye el alojamiento de cubanos en muchos hoteles del país en tanto se recibe con los brazos abiertos a los "seres humanos" foráneos?

Artículo 13 de la Declaración Universal: "Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país".

¿Por qué el gobierno socialista de Cuba critica constantemente la oposición de las autoridades norteamericanas relativa a los viajes a Cuba por parte de sus nacionales que, dicho sea de paso, pueden viajar al resto del mundo libremente, en tanto que a los seres humanos de acá dentro se les prohíbe viajar a cualquier lugar del mundo como no sea con un permiso expreso del gobierno cubano? ¿No son iguales los seres humanos norteamericanos... y los cubanos?

Por otra parte, los cubanos que se han marchado de Cuba y residen en el exterior, ¿han ganado el derecho de viajar también por todo el mundo libremente? ¿Cómo debe entenderse esto?

Artículo 17 de la Declaración Universal: "Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad".

Cuando los cubanos salen del país según el expediente de "salida definitiva" que, hasta donde sabemos, no existe en el mundo occidental más que en Cuba, el ser humano cubano pierde los derechos sobre sus propiedades…

Artículo 19 de la Declaración Universal: "Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión, este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión".

En Cuba: sin comentarios.

Artículo 23 de la Declaración Universal: "Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos para la defensa de sus intereses". En Cuba: sin comentarios.

Y no continuamos porque haría demasiado extenso el presente trabajo.

Pero, quizás con todo esto estamos cometiendo un error, pues los derechos a los que nos estamos refiriendo no son los derechos abarcados por el principio de igualdad a que se refiere el artículo 42 en su párrafo 2 de la Ley de Leyes vigente en Cuba hoy. Entonces... ¿qué entiende por igualdad el llamado gobierno socialista?

En este punto del problema, el planteamiento de Todos Unidos es:

11.- Todos los cubanos podrán emprender cualquier tipo de negocio privado (restaurantes, cafeterías, fincas agrícolas, ganaderas o avícolas, industrias, comercios, hoteles u hospedajes para nacionales o extranjeros, talleres, negocios de transportación, etc.), sin restricciones o impuestos arbitrarios y confiscatorios por parte del Estado.

18.- Libertad para que todos los cubanos (tanto los de la Isla como los residentes en el exterior) puedan salir libremente de nuestro país y regresar cada vez que lo deseen, sin necesidad de permiso por parte del gobierno de turno ni tener que pagarle por ello.

1. Inicio
2. En cualquier caso...
3. 6.- Eliminación del cobro...
4. Es derecho inalienable...
5. Artículo 38...
6. Lo que hemos querido...
7. Si aceptamos la anterior...
8. Promover y facilitar...
9. Una aclaración necesaria...
10. "El Estado socialista de los..."
   
 
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