La suficiencia razonable
Aquí salta otra liebre jurídica. La televisión y la radio están obligadas constitucionalmente a contribuir con el Estado a la educación ciudadana sobre los más elevados principios y valores (Artículo 108). Aun el diputado chavista Willian Lara, redactor activo del nuevo texto legal, reconoce que si los códigos de ética de la Radiodifusión Privada (1993) y de la Cámara Venezolana de Televisión (1991) hubieran gozado de "cumplimiento espontáneo por parte de los propietarios [de los medios], no hubiese sido necesario aprobar esta ley" (Panorama, diciembre 9 de 2004).
Para la radio se establece transmitir con "responsabilidad social" (Artículo 5). Los mensajes "no tendrán carácter obsceno, ni contribuirán a la promiscuidad, o cualquier forma de perversión sexual" (Artículo 7). Para las transmisiones por televisión, que "no contendrán manifestaciones propias contrarias a la verdad ni sugerirán o insinuarán afirmaciones falsas o engañosas" (Artículo 8).
Dar rienda suelta a la intervención estatal, antes que demandar el cumplimiento estricto de las normas vigentes, despierta la sospecha de que se pretende algo distinto al "equilibrio democrático". Igual recelo levanta el argumento de proteger a los niños y adolescentes mediante contenidos y horarios adecuados. La Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente fijó ya las bases de tal protección (Artículos 67 a 79). ¿Por qué no se aplica esta vieja ley?
Los arreglos en vísperas del referendo revocatorio (agosto de 2004) y durante la recolección de firmas (noviembre de 2003) indicaban que el gobierno y los medios opositores podían alcanzar el equilibrio informativo, pero la responsabilidad social se interpone ahora como freno a la parcialidad mediática, que ninguna ley podrá resolver.
Hay que pasar la prueba del profesionalismo, pues mucha parcialidad e imperfección caracterizan también a los medios del Estado. Mas si la responsabilidad social se legisla al dedillo, el gobierno acaba por decidir qué debe difundirse y pasa sin recato por encima del precepto constitucional: "Toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, sus ideas u opiniones de viva voz, por escrito o mediante cualquier otra forma de expresión, y de hacer uso para ello de cualquier medio de comunicación y difusión, sin que pueda establecerse censura" (Artículo 57).
Siempre habrá sesgo y hasta mentira, pero uno y otra sólo pueden acorralarse con mayor confrontación, esto es: máxima libertad de prensa. Para las transgresiones basta el Código Penal. Al amparo de su artículo 132, el militante chavista Gerson Pérez acusó ya a la periodista Ibéyise Pacheco de traición a la patria, por incitar contra el sistema democrático desde su programa En privado (Venevisión). Si los venezolanos se dieron el derecho constitucional a recibir información "oportuna, veraz e imparcial" (Artículo 58), entonces quien demore, mienta o manipule, que pague las consecuencias.
Antes que fabricar nuevas armas jurídicas contra los medios, sería mejor incautar los viejos mosquetes de licencia profesional y colegiatura obligatoria manufacturados por Ley de Ejercicio del Periodismo (1994). Sin título académico ni filiación a ningún colegio, Kate Adie llegó a ser jefa de corresponsales de la BBC, la mayor organización periodística del mundo. Mas parece que en Venezuela apremian otras necesidades.
El viceministro Castillo recalca que el beneficiario de la concesión estatal sobre el espectro radioeléctrico tiene permiso "para meterse todos los días en nuestras casas, en la mente de nuestros niños, en la opinión de nuestros ciudadanos, en la formación y en la cultural del país". Esta inquietud reduce al pueblo a la parte del Estado que no sabe lo que quiere, y exagera el poder de los medios. Las medidas gubernamentales deben multiplicarlos antes que forzarlos hacia determinados contenidos. La libertad de prensa se protege mejor con el menor grado posible de regulación.
El filósofo alemán Teodoro Adorno puntualizaba: "La barbarie se hace ley cuando la individualidad se revoca a favor del fetiche colectivista declarado como meta en sí" (Prólogo a la televisión, 1953). Cualesquiera restricciones de la libertad de expresión pueden poner en peligro y aun socavar la piedra miliar de la democracia: el derecho a disentir. La fuerza ilegal bruta puede soportarse, pero la razón legal bruta es intolerable: lo único que exige y precisa la verdad es libertad para mostrarse. |