www.cubaencuentro.com Viernes, 09 de septiembre de 2005

 
  Parte 2/2
 
Falsa alarma
Lo que dice la ley: ¿Qué significa la decisión del Tribunal de Atlanta sobre el caso de los cinco espías cubanos?
por MIGUEL FERNáNDEZ-DíAZ, Miami
 

El fiscal atizó el fuego con alegato de conclusión cargado de referencias al régimen diabólico de Castro. No vale redargüir que esto no influyó en el jurado, porque se trataba de no propiciar ningún motivo de nulidad del primer juicio en un circuito de apelación que contaba con precedentes de nuevos enjuiciamientos por exagerada publicidad, historial de conflicto en la comunidad y argumentación impropia de la acusación.

Los fiscales americanos "no pueden inflamar las pasiones y prejuicios del jurado" (EE UU contra Rodríguez, 1985), ni pueden tachar de culpable al acusado por el simple trámite de "dar al perro un nombre feo para enseguida colgarlo" (EE UU contra Boyd, 1971).

Delitos imputados a los miembros de la Red Avispa
Los cargos presentados por el tribunal de Miami en 2001 fueron: conspiración para cometer asesinato en primer grado; conspiración para cometer espionaje; conspiración para cometer delito contra Estados Unidos; identidad y documentación falsa; agentes no registrados de un gobierno extranjero. Sus condenas fueron:
-Gerardo Hernández, dos cadenas perpetuas por conspiración para cometer asesinato en primer grado y conspiración para cometer espionaje. Además, 15 años por los cargos de conspiración para cometer delito contra Estados Unidos, documentación falsa y agente extranjero sin previa declaración al Fiscal de Estados Unidos.
-Ramón Labañino, cadena perpetua por el cargo de conspiración para cometer espionaje, más 18 años por los cargos de conspiración para cometer delito contra Estados Unidos, documentación falsa y agente extranjero sin previa declaración al Fiscal de Estados Unidos.
-Antonio Guerrero, cadena perpetua por conspiración para cometer espionaje, más 10 años por los cargos de conspiración para cometer delito contra Estados Unidos y agente extranjero sin previa declaración al Fiscal de Estados Unidos.
-Fernando González, 19 años de prisión por conspiración por cometer delito contra Estados Unidos, documentación falsa y agente extranjero sin previa declaración al Fiscal de Estados Unidos.
-René González, 15 años de privación de libertad por los cargos de conspiración para cometer delito contra Estados Unidos y agente extranjero sin previa declaración al Fiscal de Estados Unidos.
Fuente: AFP

Las formas procesales se quebrantaron definitivamente cuando el mismo fiscal solicitó en otro juicio (Ramírez vs. Ashcroft y otros, 2001) cambiar la sede, porque el jurado en Miami-Dade no podría apartar "sentimientos y prejuicios muy arraigados" para concentrarse en "las pruebas presentadas". Así quedaron servidas, en bandeja jurídica de plata, las razones de nuevo juicio en distrito diferente, donde las predisposiciones contra los reos no campearan por sus respetos emotivos.

El proceso debido

Un adlátere jurídico de Castro, José Pertierra, interpretó así la puntual elegancia del fallo de apelación: "absuelve a los cinco, pero condena a Miami como centro de hostilidad y extremismo". Al parecer, no leyó que los jueces valoran la comunidad cubanoamericana como "bastión de los valores tradicionales que hacen grande a América".

Tampoco guardó la distancia con respecto a la absolución. Para el jurista cubanoamericano Santiago Alpízar, la victoria pregonada evoca "al marido engañado que se deshizo del sofá (sede), tras enterarse de que encima su esposa se deshacía en pasiones con un amante: los cinco serán encontrados de nuevo culpables, a no ser que ya no se considere cornudo a quien botó el sofá".

La propaganda castrista pretende pasar 24 cargos como "relativamente menores y más bien técnicos". Castro supone que puede infiltrar agentes en EE UU sin darle cuenta al Departamento de Justicia y abroquelarse a la hora de los mameyes judiciales con que tenían la solita misión de vigilar a grupos de exiliados belicosos.

La Red Avispa: El proceso
Tribunal de EE UU revoca sentencias contra cinco espías cubanos y ordena un nuevo juicio
Disidentes opinan que la anulación de condenas a espías cubanos muestra cómo funciona un sistema judicial independiente
Grupos del exilio critican la decisión de revocar las sentencias a los cinco espías cubanos

EE UU es "el imperio enemigo, que no cesa de preparar invasiones y asesinatos": ¿cómo no espiarlo? Si agentes calificados formaron en Cuba el Departamento MC para "socavar el bloqueo yanqui" y terminaron dedicándose al narcotráfico, puede esperarse cualquier cosa de otros agentes sueltos dentro de EE UU.

Ahora deben ser juzgados otra vez, en "atmósfera no coercitiva" y con garantía del acceso de los defensores a los documentos probatorios que antes se mantuvieron en secreto por razones de seguridad nacional. Quizás las sentencias sean menos severas y sería loable aliviar las condiciones carcelarias y de comunicación de los acusados con sus familiares, tal y como recaba el defensor Leonard Weinglass, quien por lo demás debería comprobar que la celda del disidente Oscar Elías Biscet cabe al menos dos veces en cualquiera de las celdas de castigo donde permanecieron encerradas las avispas.

Algo anda mal cuando la situación de guerra se esgrime para tildar de mercenarios y meter a la cárcel a opositores pacíficos y periodistas independientes en Cuba, mientras ni se trae a colación en el caso de la Red Avispa, tendida ilegalmente en el mismo suelo extranjero de donde escaparon Joanne Chesimard, Charlie Hill y otros terroristas convictos para refugiarse dentro de la Isla.

Así y todo, algo anda bien cuando Pertierra subraya "que la justicia es posible, aún en las entrañas del monstruo" (donde el propio Pertierra vive). Al margen de las políticas simbólicas que se entrecruzan en el diferendo cubanoamericano, un tribunal de este lado confirmó que todo acusado, no importa cuán impopular sea, merece trato justo y legal. "No menos que eso reclama nuestra Constitución", dijeron los jueces.

Del otro lado, hasta un tribunal improvisado puede juzgar por narcotráfico a miembros de las Fuerzas Armadas y hacer la pirueta judicial de que cometían actos hostiles contra Estados extranjeros para poder fusilarlos. No en balde Virgilio Piñera tomó conciencia de que muchas veces, cuando se dicta sentencia en Cuba, "habrá desaparecido para usted la última oportunidad de comprenderlo todo".

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