www.cubaencuentro.com Viernes, 09 de septiembre de 2005

 
  Parte 3/3
 
Espionaje, terrorismo y costo
Lo que dice la ley: ¿Se abstendría La Habana de enjuiciar a agentes de la CIA que intentaran saber qué hacen en la Isla más de ochenta fugitivos estadounidenses?
por MIGUEL FERNáNDEZ-DíAZ, Miami
 

La conspiración para cometer asesinato es harina de otro costal jurídico. Hernández no acordó previamente con Castro derribar las avionetas de HAR, ni pudo enviar mensaje alguno el 24 de febrero de 1996. Antes había viajado a la Isla con pasaporte falso (Manuel Viramontes) y regresó después de la tragedia. Sería injusto colgarle de nuevo el sambenito conspirativo, que acaso podría servirle al espía infiltrado en HAR, Juan Pablo Roque, ahora en Cuba.

Tampoco tiene sentido espulgar la conspiración para cometer los 23 delitos restantes del pliego acusatorio del 7 de mayo de 1999, porque su máxima sanción es cinco años de cárcel y los acusados acumulan ya siete. Sólo la conspiración para espiar merece aún reflexión: las cadenas perpetuas parecen exageradas y deben cargarlas más bien superespías como Aldridge Ames y Robert Hanssen, que dieron a Moscú miles de documentos clasificados.

Agilizar el trámite

Ante todo, la Fiscalía tendrá que examinar el nuevo juicio desde la perspectiva costo-beneficio. El anterior se extendió a más de 100 audiencias y recabó unos 70 testigos. El gasto anduvo por los 20 millones de dólares, incluyendo cinco en honorarios para los defensores, que irónicamente fueron pagados por el gobierno de Estados Unidos. Tal vez pudiera lograrse un arreglo, al igual que con Montes, para agilizar y abaratar el trámite.

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MIGUEL FERNáNDEZ-DíAZ, Miami
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En todo caso habría que prestar oídos al Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria (ONU). Su opinión 19 (mayo 27 de 2005) advierte que confinar en solitario y aplicar la Ley de Procedimiento de Información Clasificada quebranta el derecho a la defensa (Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, artículo 14). Antes que brutal, el enjuiciamiento de agentes extranjeros debe ser inteligente, incluso en este caso, en que Cuba se agarra de un tratado internacional que no ha firmado.

Estas y otras cositas de la Isla debe saberlas bien el abogado Leonard Weinglass, quien viajó a La Habana en 1968 invitado por Castro. En Miami marcó el ritmo de la defensa de los cinco con la tesis de que todos sus actos presuntamente delictivos están "justificados por necesidad".

Así recicló un viejo caso suyo (1987) que involucró a la hija del presidente Jimmy Carter y 14 personas más en contra del reclutamiento de estudiantes por la CIA. Weinglass arguyó que impedir las entrevistas de empleo en el edificio administrativo Munson Hall (Universidad de Massachusetts) era el "único medio a disposición" de los acusados para frenar las actividades ilegales de la CIA ante el "peligro claro e inminente de guerra" entre Estados Unidos y Nicaragua. El jurado asintió y falló que los 15 acusados habían violado la ley "para evitar un mal mayor".

Sin embargo, "no cabe necesidad si había alternativa razonable y legal a la transgresión de la ley, que encierre la posibilidad de abstenerse del delito y evitar al mismo tiempo la amenaza" (EE UU contra Bailey, 1980). El catedrático Santiago Mir (Universidad de Barcelona) puntualiza que la necesidad se justifica sólo si no es exigible otra conducta ni se tiene el deber de arrostrar el peligro.

Antes de infiltrar clandestinamente a sus agentes dentro de los grupos "terroristas" de Miami, Castro pudo haber requerido el consentimiento de la Casa Blanca. Otras cosas ha logrado con ella, incluso por debajo de la cuerda diplomática. Al margen de esta opción sólo puede concebirse la situación de guerra: entonces los espías de ambos bandos deben afrontar el riesgo. En la primera "tribuna abierta del pueblo cubano en solidaridad con los cinco compatriotas prisioneros del imperio" (junio 23 de 2001), Castro aseguró: "¡Volverán!". Qué así sea. Pero después que cumplan.

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