www.cubaencuentro.com Martes, 18 de mayo de 2004

 
   
 
La Habana limitará a 30 días las visitas 'sin visado' de cubanos en el exterior
El Consulado de Cuba en Madrid ha informado que la 'habilitación del pasaporte' es permanente, pero podría ser 'revocada' por las autoridades.
por MICHEL SUáREZ, Madrid
 

El gobierno cubano ha fijado en 30 días el período máximo de permanencia en la Isla para un cubano residente en el exterior, según un anuncio publicado en el Consulado de Cuba en Madrid, constató Encuentro en la Red este lunes.

El período es prorrogable por "30 días más, previo pago del impuesto establecido", agrega la nota que confirma así el carácter temporal de los viajes que podrán realizar los emigrados cubanos a la Isla cuando entre en vigor el nuevo sistema de "habilitación de pasaportes". La información consular no especifica cuántas visitas al año serán permitidas.

En septiembre de 2003, el Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba anunció la eliminación del trámite de permiso de entrada para "los ciudadanos que no hayan participado en actividades repugnantes o dañinas contra los intereses del país", y el establecimiento del "pasaporte habilitado".

Los consulados de la Isla en distintas partes del mundo han iniciado una campaña informativa para orientar a los cubanos sobre el nuevo proceso, que permitiría a una parte de los residentes en el exterior entrar al país sin necesidad de visado.

Según lo publicado por el Consulado en Madrid, la entrada "sin visado" por 30 días será únicamente para los autorizados a habilitar su pasaporte, quienes podrán visitar la Isla "por razones familiares". La nota excluye a "actividades diferentes" como las religiosas, periodísticas, de negocios, estudios u otras, que requerirán una "autorización expresa" de la Dirección de Inmigración y Extranjería (DIE), a solicitud de los "organismos cubanos interesados".

La información introduce nuevos elementos, tales como la vigencia de la habilitación del pasaporte, que podría ser "revocada" por la DIE, sin detallar en cuáles circunstancias se decidiría la cancelación.

De igual forma, establece una autorización "excepcional", en forma de visado, para los ciudadanos cubanos a los que "no corresponda la habilitación", cuando concurran razones humanitarias o de interés estatal.

Los emigrados radicados en el exterior antes del 1 de enero de 1971 "podrán seguir utilizando pasaportes extranjeros", pero requerirán "un trámite de permiso de entrada" al país.

El gobierno de Cuba mantendrá la "exigencia" en los puntos de acceso a la Isla de la "constancia documental del pasaporte habilitado, la residencia en el exterior y el pasaje de regreso", advierte la nota consular.

Fuentes del exilio cubano coincidieron en pronosticar que la celebración de la III Conferencia La Nación y La Emigración, prevista para este fin de semana, y en la cual sólo participarán cubanos residentes en el exterior expresamente invitados por La Habana, servirá de escenario para la ratificación de las medidas migratorias, que supuestamente se pondrán en marcha el 1 de junio.

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