Otra vez afloran grietas en el entramado judicial y legislativo por las que los cubanos de la Isla intentan penetrar —reglamentariamente— para promover una sociedad más justa que la actual. Tras el intento del Proyecto Varela y la acusación de la Asamblea para Promover la Sociedad Civil contra las irregularidades de las elecciones pasadas, ahora aparece una nueva denuncia formal.
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Agentes de la policía despejan el área del Tribunal durante los juicios a los disidentes. |
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El Licenciado en Derecho Wilfredo Vallín Almeida, cubano residente en Ciudad de La Habana, de número 13274 en el Registro de Abogados del Ministerio de Justicia, ha interpuesto una querella contra el Departamento de Seguridad del Estado por presuntas irregularidades en los procedimientos de detenciones durante la ola represiva contra disidentes y periodistas.
Por intermedio de Acción Democrática Cubana, grupo opositor en el exilio, Encuentro en la Red tuvo acceso al abogado.
¿Qué tipo de denuncia presentó usted ante las autoridades cubanas?
Presenté un documento que trata sobre violaciones en la Ley de Procedimiento Penal (LPP), en cuanto a las detenciones de opositores. Al haber entre los detenidos personas a las que conocía directamente, y que gozan de mi más alta estima y consideración, con la preocupación que crean siempre estas situaciones, visité los domicilios de las mismas, hablé con testigos presenciales de los acontecimientos y he visto habitaciones en el mismo estado en que quedaron después de los registros, fotos, etcétera. Por supuesto que no visité todas las casas registradas, pero en los casos que conozco, ha habido violaciones. Por todo lo anterior, y consternado por lo visto y oído, he creído mi deber, como ciudadano y abogado de este país, hacer esa denuncia.
Desde mi punto de vista, el Departamento de Seguridad del Estado —durante los registros en cuestión—, ha cometido una serie de violaciones de la Ley de Procedimiento Penal que resultan increíbles, no sólo por las acciones en sí, sino por el desconocimiento —prácticamente total— que ha hecho de la Legalidad Socialista.
Resulta, sin dudas, asombrosa toda esta ignorancia de la LPP, por cuanto el Código Penal, Ley 62, en su artículo 288, Registro Legal, reza: "El que, sin autorización legal, o sin cumplir las formalidades legales, efectúe un registro de un domicilio, incurre en sanción de privación de libertad de tres meses a un año o multa de cien a trescientas cuotas o ambas".
¿Cuándo entregó la acusación y ante cuál entidad?
La carta la entregué en la Fiscalía el 31 de marzo pasado. En el acuse de recibo, ellos me dan 60 días como máximo para obtener una respuesta. |