www.cubaencuentro.com Martes, 30 de marzo de 2004

 
  Parte 2/5
 
Cuba, la izquierda y la Comisión de Derechos Humanos (III)
¿Otra Cuba también es posible? Los otros y los propios, o la hemiplejia moral de un sector de la izquierda cuando de ideologías se trata.
por JUAN ANTONIO BLANCO
 

Si bien las motivaciones que pueden haberlos llevado a ofrecer sus servicios a los cuerpos de inteligencia cubanos pueden haber sido en gran medida ideológicas, sus acciones pagadas por una institución oficial de espionaje —en la que obedecían una jerarquía militar instalada en un Estado extranjero— no les permite catalogarse como "presos de conciencia" bajo ningún estándar reconocido.

Es comprensible que quienes simpatizan con su causa e ideas políticas puedan ocasionalmente perder de vista esa realidad, pero en modo alguno ello altera el dato objetivo de que al margen de cualquier valoración —positiva o negativa— que alguien pueda tener del régimen y la causa que servían, su actividad se llevaba a cabo dentro de la estructura militar oficial de un Estado que pagaba y dirigía sus servicios.

La Habana y algunos observadores alegan que el juicio a sus agentes en EE UU estuvo lleno de irregularidades, por lo que han solicitado su corrección dentro del sistema de apelaciones estadounidense. Se trata de un derecho legítimo de reclamación que debe ser atendido dentro del marco legal que para ello existe en ese país. Sin embargo, es posible establecer ciertos contrastes con los realizados en Cuba, aun dentro de ese marco.

Los juicios de los oficiales de inteligencia detenidos se prepararon durante meses y se extendieron varias semanas. En ellos, los abogados defensores tuvieron acceso privado a sus clientes y pudieron traer personas desde la Isla que testificaran a su favor. Algo bien diferente al trato que usualmente recibieron los afiliados a las redes clandestinas apoyadas por la CIA capturadas en Cuba en el pasado.

También surgieron quejas de las autoridades de La Habana sobre las condiciones de aislamiento carcelario —al que se alegó estaban algunos de ellos sometidos de manera arbitraria—, y acerca de las repetidas negativas de visados a algunos de sus familiares para que los visiten en los lugares de detención. Las autoridades de EE UU tomaron medidas correctivas y pusieron fin al confinamiento solitario que sufría alguno de los detenidos. El tema de los visados no ha sido resuelto hasta ahora. Sin embargo, a diferencia de lo que ocurre con los juicios en Cuba, estas denuncias, al igual que las anteriores, pueden ser investigadas y formuladas —con independencia del delito cometido— por las ONG internacionales de derechos humanos que han deseado hacerlo, quienes además tienen acceso regular a esos detenidos.

El que existan ONG que reclamen monitorear las condiciones de esos condenados, no es indicio de que reconozcan que se trate de presos de conciencia, sino del hecho de que aun estando presos son seres humanos con derechos que corresponden a los detenidos en cualquier lugar y por cualquier motivo. Los que se den a esta tarea no tratan con presos de conciencia y casi todos ellos lo saben.

Las órdenes de estos prisioneros venían del alto mando cubano y eran impartidas por su Comandante en Jefe. Tampoco fueron condenados por ejercer derechos consagrados internacionalmente, como les ocurrió a los disidentes cubanos. Pero incumbe a cualquier activista de derechos humanos interesarse por las posibles violaciones de los derechos de los presos de cualquier ideología, cualquiera que sea la gravedad del delito por el que fue sancionado. Desde Pinochet y Sadam Husein hasta el más arbitrariamente condenado luchador por la justicia social.

Ninguna organización de derechos humanos estaría dispuesta, no obstante, a sugerir la aberración de un intercambio de ambos grupos de presos en este caso. Eso se acostumbra entre países que tienen detenidos espías del otro. No es concebible canje o comparación alguna cuando en este caso hay, por un lado, un grupo de confesos agentes de inteligencia —por justa que alguien pueda considerar la causa que servían— y, por el otro, un grupo de presos de conciencia a quienes ninguna evidencia de la Fiscalía ha logrado caracterizar irrebatiblemente como espía o mercenario.

Pero hay un campo en el que sí es válida la igualdad de ambos grupos: el de los derechos que asisten a cualquier preso, en cualquier celda del mundo, sea cual sea la causa por la que fue a dar allí y la justicia o injusticia de la sanción que le fue impuesta. Es por ello que si el gobierno de La Habana defiende el respetable y legítimo derecho de los familiares de esos detenidos a monitorear la situación de sus seres queridos y a tener acceso directo a ellos, cuando las visas de EE UU les han sido negadas.

Lo mismo debería ser válido para los familiares de los presos de conciencia cubanos —muchos de ellos ancianos—, a quienes a menudo les son negadas o "suspendidas", sin previo aviso, las visitas y se les rechazan —en las puertas de las prisiones— los alimentos y medicinas que les llevan, después de recorrer más de 800 kilómetros en un país sin un sistema de transporte público confiable.

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