"Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión". En este párrafo —artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos— la Asamblea General de las Naciones Unidas resumió magistralmente en 1948 uno de los más importantes y hermosos resultados de la milenaria historia de la humanidad por la dignidad de las personas.
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Escritor Rivero: Sin pan y sin palabras. |
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El derecho a la libertad de expresión, plasmado en múltiples declaraciones, convenciones, pactos y otros instrumentos jurídicos internacionales está recogido de forma implícita en la Constitución de Jimaguayú y de forma explícita en la de la Yaya (1897), en la primera Constitución republicana (1901) y en la flamante Constitución de 1940. También está presente, pero con limitaciones, en las constituciones de 1976 y 1992. En ambas se declara punible el uso de ese derecho para fines ajenos a la construcción del socialismo y el comunismo, en contradicción con sus preámbulos, los cuales rezan las palabras del Apóstol: "Yo quiero que la ley primera de nuestra República sea el culto de los cubanos a la dignidad plena del hombre".
Las limitaciones al derecho de expresión contradicen no sólo el preámbulo, sino también el pensamiento de los más ilustres hombres que dieron la vida por ese alto ideal así como la historia constitucional de Cuba.
Ignacio Agramonte, en ocasión de la defensa de su tesis en la Universidad de La Habana, expresó: "La ignorancia, el olvido o el desprecio de los derechos del hombre son las únicas causas de las desgracias públicas y de la corrupción de los Gobiernos". José Martí condensó ese derecho en una sola expresión: "El respeto a la libertad y el pensamiento ajenos, aun del ente más infeliz, es mi fanatismo: si muero o me matan será por eso". Y la delegación de Cuba fue la que encomendó al Consejo Económico y Social la elaboración de la Declaración Universal de Derechos Humanos y la que presentó el primer proyecto para ese fin.
Sin embargo, otros son los caminos del tema en la Cuba de hoy.
Legalizar institucionalmente a un solo partido y después, desde esa cómoda posición de juez y parte, declarar lo que es punible o no en materia de libertad de expresión para los que piensan diferente, en pleno siglo XXI, es un criminal atentado contra la dignidad de los cubanos. De ahí el valor real y simbólico de una noticia recién recibida. |