www.cubaencuentro.com Viernes, 28 de octubre de 2005

 
  Parte 2/14
 
Cuba: 71 presos de conciencia aguardan la libertad
Informe presentado por Amnistía Internacional en la Asociación de la Prensa de Madrid, a propósito del segundo aniversario de la ola represiva de 2003.
 

El derecho a un juicio con las debidas garantías procesales también es objeto de restricciones en Cuba, donde los tribunales y los fiscales se encuentran bajo el control del gobierno. La Asamblea Nacional del Poder Popular elige al presidente, al vicepresidente y a los demás jueces del Tribunal Supremo Popular, así como al fiscal general de la República y vicefiscales generales. Además, todos los tribunales dependen de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado, lo que da lugar a motivos de preocupación con respecto a las normas internacionalmente reconocidas para un juicio justo y al derecho a ser juzgado por un tribunal de justicia independiente e imparcial (3).

El respeto del derecho de los disidentes a preparar una defensa justa y adecuada también es discutible ya que los abogados son empleados del gobierno cubano y como tales pueden mostrarse reacios a contradecir a los fiscales o impugnar las pruebas de cargo presentadas por los servicios de inteligencia del Estado.

En los juicios de abril del 2003 contra los disidentes se negó al parecer a los abogados defensores el derecho de acceso a los acusados o sólo se les permitió el acceso durante cinco minutos antes del juicio, imposibilitando así la preparación de su defensa, y en algunos casos se negó totalmente el derecho del acusado a un abogado de su elección. Aunque se permitió la entrada en la sala a algunos familiares y otras personas, se negó a los diplomáticos extranjeros y a algunos periodistas (4).

Según los informes recibidos por Amnistía Internacional durante el 2004, algunos de los presos encarcelados durante la represión del 2003 han sido objeto de un trato particularmente severo: por ejemplo, han sido recluidos en condiciones sumamente duras, muchos de ellos en prisiones ubicadas lejos de sus hogares, y algunos han sido sometidos a malos tratos.

Entre el año 2004 y principios del 2005, un total de 19 presos de conciencia han recobrado la libertad, 14 de ellos sólo mediante "licencia extrapenal", excarcelación condicional que les permite cumplir el resto de sus penas fuera de la prisión por motivos de salud, pero sabiendo que pueden volver a detenerlos. Asimismo, el gobierno cubano ha suavizado la dureza de las condiciones penitenciarias de algunos presos de conciencia trasladándolos a prisiones más próximas a sus hogares y ofreciendo exámenes médicos a todos ellos, excepto a dos.

Transcurridos dos años desde la represión de marzo del 2003, y pese a las excarcelaciones y mejoras limitadas, el número de presos que Amnistía Internacional considera presos de conciencia asciende a 71 e incluye dos casos más. También ha habido algunos informes sobre malos tratos a manos de guardias penitenciarios. Más de una docena de presos continúan recluidos en prisiones ubicadas al otro extremo de la Isla respecto de sus hogares, dificultando enormemente las visitas de sus familiares.

La organización pide al gobierno cubano que ponga en libertad a todos los presos de conciencia que siguen encarcelados en el país, que proporcione atención médica adecuada a todos los presos de conciencia, que inicie investigaciones independientes e imparciales sobre las alegaciones de malos tratos que se describen en este informe, y que haga públicos los resultados de estas investigaciones. Los funcionarios de prisiones presuntamente implicados en casos de malos tratos, o que inflijan deliberadamente tratos crueles y degradantes a los presos, deben ser suspendidos de sus funciones hasta que se investiguen las alegaciones y los responsables deben comparecer ante la justicia.

Excarcelación condicional de presos de conciencia

Desde junio del 2004 se ha puesto en libertad a 19 presos de conciencia. Amnistía Internacional acoge con satisfacción estas excarcelaciones pero reitera su llamamiento al gobierno cubano para que la puesta en libertad de todos los presos de conciencia sea incondicional, y para que cese de encarcelar a ciudadanos cubanos por el ejercicio pacífico de sus libertades fundamentales.

Cuatro de los presos excarcelados habían estado en detención preventiva durante más de dos años. Leonardo Bruzón Ávila ,Alberto Domínguez González ,Emilio Leyva Pérez y Lázaro Miguel Rodríguez Capote fueron excarcelados el 8 de junio del 2004 habiendo sido detenidos en febrero del 2002. Miguel Sigler Amaya fue puesto en libertad el 12 de enero del 2005 habiendo ya casi cumplido una condena a dos años y dos meses de prisión.

En el 2004 y principios del 2005, se concedió "licencia extrapenal" a 14 de los 75 disidentes detenidos en la represión del año 2003, es decir se los puso en libertad condicional, por motivos de salud. Los presos de conciencia liberados fueron:

Osvaldo Alfonso Valdés, liberado el 30 de noviembre del 2004

Margarito Broche Espinosa, liberado el 29 de noviembre del 2004

Juan Roberto de Miranda Hernández, liberado el 23 de junio del 2004

Carmelo Agustín Díaz Fernández, liberado el 18 de junio del 2004

Partes 1 a 10
Partes 11 a 14
   
 
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