www.cubaencuentro.com Jueves, 08 de julio de 2004

 
   
 
La importancia de apellidarse obispo
Iglesia cubana: Entre la Escila disidente y la Caribdis gobernante.
por MIGUEL FERNáNDEZ-DíAZ, Miami
 

Por el aniversario 25 de su ordenación episcopal, el cardenal Jaime Lucas Ortega y Alamino ha recibido este año los elogios del Santo Padre. Gracias a la prudencia y constancia del arzobispo de La Habana, la Iglesia Católica de Cuba ha logrado pasar entre la Escila disidente, que "la quiere como un partido político de oposición", y la Caribdis gobernante, que la desea "tranquila, totalmente empeñada en el culto religioso".

A. Aranguren
Monseñor Emilio Aranguren, obispo de Cienfuegos y secretario de la Conferencia Episcopal.

Al precisar estos extremos, durante su entrevista para con la revista digital Korazym (Roma), Ortega y Alamino recalcó que su Iglesia tiene la "tarea profética de hablar en defensa del hombre (y) de los derechos humanos". Valdría la pena destacar otras opiniones del cardenal cubano sobre diversos temas sociopolíticos:

- La Iglesia católica de Cuba encara "manifestaciones de estupor oficiales porque tal vez encuentran duro el mensaje".

- Una carta pastoral es más conocida fuera que dentro de la Isla: "Así que el gobierno nos acusa de hablar para el exterior".

- Los cubanos buscan hoy "un mensaje más humano, menos ideológico, capaz de tocar el corazón del hombre".

- La encíclica Dives in misericordia (1980) es primordial para los cubanos, porque su autor (Juan Pablo II) viene "de un país que había experimentado las consecuencias del bloqueo socialista".

- "Hay una gran pobreza, no extrema como la de los países africanos, pero una dificultad seria para llevar una vida normal".

- El trabajo "se resiente: hay, pero es insuficiente desde el punto de vista económico".

- "Quien sale de la universidad casi siempre debe realizar tareas distintas de lo que ha estudiado".

- "La juventud no tiene esperanza (ni) existe ninguna adhesión entusiasta a la vida social y política".

- "Para muchos, la única opción interesante, el sueño más importante de la vida es dejar el país".

- "No se consigue ver un futuro en el país (ni) es posible entusiasmar a los jóvenes con la ideología".

- "Fuera del reconocimiento de la Navidad como día festivo, todo es ignorado en cuanto a nuestras posturas y peticiones".

¿La diferencia?

Vale la pena subrayarlas, porque estas declaraciones podrían amoldarse con el mismo martillo jurídico que machacó al poeta Raúl Rivero, al efecto de presentarlas como "informaciones manipuladas y falseadas con relación a la situación política, social y económica de Cuba", las cuales despertarían el "interés del gobierno de los Estados Unidos para utilizarlas en actos hostiles" y constituirían así un delito "contra la independencia y la integridad territorial del Estado".

Algo parecido sucedió en septiembre de 1993, cuando los once obispos cubanos difundieron miles de ejemplares de su carta pastoral El amor todo lo espera. Arrostraron entonces tantas invectivas de la prensa oficial, que Granma cedió espacio a Cintio Vitier para que previniera contra la pérdida de la razón (de Estado) por la forma de esgrimirla. No obstante, Ricardo Alarcón no vaciló en tachar la carta de "infame", por oponerse tanto al sacro interés nacional como al orden socialista y revolucionario (valga la redundancia).

Entre los once obispos que firmaron aquella carta estaba quien recientemente dio sus opiniones a la revista Korazym. Los once firmaron (y firman) a la vieja usanza católica: con el nombre de pila, seguido de la dignidad eclesiástica, por ejemplo: "Jaime, Obispo". Los once, cubanos por nacimiento, gozaban (y gozan) de iguales derechos y están sujetos a iguales deberes que los demás ciudadanos, en virtud de la Constitución (artículo 41). Para ella, todo cubano tiene libertad de palabra y prensa, siempre que sea conforme a los fines de la sociedad socialista (artículo 53), y ninguno puede ejercer sus libertades individuales en contra del Estado: la infracción de este principio es punible (artículo 62).

Por ello, el Código Penal (1987) prescribe meter tras las rejas a quienes inciten de cualquier forma contra el Estado, es decir: hagan propaganda enemiga. Si utilizan medios de difusión masiva (como la revista electrónica y la carta pastoral antes mencionadas), deben arrostrar condenas de siete a quince años de cárcel (artículo 103). Esto es: la misma sanción prevista para el que mate a otro (artículo 261).

Quizás la clave de que ningún obispo haya sufrido semejante condena radica en que Raúl Rivero Castañeda y el común de las personas que divulgan sus pareceres contrarios al Estado firman de conformidad con la Ley del Registro del Estado Civil (1985). Esta ordena poner después del nombre, "como primer apellido, el primero del padre (y) como segundo, el primero de la madre" (artículo 45).

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