www.cubaencuentro.com Domingo, 02 de enero de 2005

 
  Parte 2/4
 
Los derechos humanos son propiedad privada
De cómo los regímenes marxistas desoyeron a Locke para abolir la supuesta 'causa fundamental' de nuestros males.
por JORGE SALCEDO, Cambridge
 

La Constitución de Virginia, redactada por George Mason y aprobada en junio de 1776 —al mismo tiempo en que Jefferson, representante por Virginia ante el Congreso Continental, ministro en Francia entre 1785-89 y amigo de Laffayette, redactara la Declaración de Independencia—, pone de manifiesto esta deuda: "Sección 1. Igualdad y derechos del hombre. Que todos los hombres son por naturaleza igualmente libres e independientes, y tienen ciertos derechos, de los cuales, cuando entran en estado de sociedad, no pueden ser, por ningún convenio, privados o privar a sus descendientes; a saber, el disfrute de la vida y la libertad, con los medios para adquirir y poseer propiedad, y buscar y obtener la felicidad y la seguridad…".

Locke
Locke: 'El Poder Despótico se ejerce sobre aquellos que no tienen ninguna propiedad'.

Jefferson y Locke

Con la Declaración de Independencia y las Bill of Rights aparece, por vez primera en la historia, la fundamentación del Estado en la consideración del individuo concreto y universal, libre e igual a sus semejantes, frente al cual no tiene prerrogativas ningún grupo o individuo. Según ellas, la autoridad legítima del Estado dimana directamente de la voluntad de los ciudadanos bajo su jurisdicción —no el rey, el parlamento u otra instancia individual o colectiva—, y su fin no es otro que la preservación de los derechos individuales de aquellos.

Por eso nos repiten que los gobiernos derivan sus poderes legítimos del consentimiento de los gobernados, y se instituyen para garantizar los derechos fundamentales de estos. Ni en la Magna Carta Libertatum (1215) de los ingleses, ni en las Franquicias de Ginebra (1387), ni en el Edicto de Nantes (1598), ni en la Petición de Derechos (1628), ni en el Bill of Rights inglés de 1689 encontramos nada similar, mucho menos en los Diez Mandamientos o en el Código de Hamurabí, como han sugerido algunos puestos a buscar precedentes a las declaraciones de derechos humanos.

Pero ni Mason ni Jefferson estaban innovando en materia doctrinal. Con toda humildad lo reconoce este último al declarar que su misión al redactar la Declaración de Independencia "no era descubrir nuevos principios, o nuevos argumentos, nunca antes pensados, ni meramente decir cosas que no se hayan dicho ya".

Y es cierto que los principios y argumentos a favor de un Estado fundado sobre el respeto a los derechos humanos, andaban ya en la imprenta desde 1690, en un libro titulado Dos tratados sobre el gobierno, y subtitulado Un ensayo acerca del verdadero origen, alcance y fin del gobierno civil.

A su autor, John Locke, lo tenía Jefferson como a uno de los tres hombres más geniales de todos los tiempos, y a su libro remitirá en un Reporte al presidente y director del Fondo Literario de la Universidad de Virginia, en 1825, con la intención de señalar "dónde pueden encontrarse legítimamente desarrollados" los principios del gobierno en que se basan las constituciones de Virgina y de Estados Unidos. El Tratado, traducido al francés 18 meses después de su publicación y doce veces reimpreso en Francia durante el siglo XVIII, tuvo una enorme influencia en el movimiento ilustrado.

La doctrina política de Locke —como las de Grocio, Hobbes, Pufendorf y otros pensadores políticos del siglo XVII— aspira a ser una doctrina racional; es decir, una doctrina cuyo fundamento último no es una verdad revelada, sino un principio al que puede arribarse por el análisis de lo dado.

El soberano absoluto y la paz

Descomponiendo y considerando en sus elementos más simples esa realidad compleja que es el Estado, la filosofía del Derecho —emulando a las ciencias naturales— se propone desde entonces dar una justificación racional del "origen, alcance y finalidad" del conjunto de las instituciones coercitivas que lo conforman, del uso mismo del poder coercitivo y de la autoridad de quienes lo ejercen. Como recuerda Cassirer, conocer algo, desde el Renacimiento, es conocer cómo ese algo se produce, cómo llega a ser lo que es.

1. Inicio
2. La Constitución...
3. De aquí que...
4. En el "Estado natural..."
   
 
EnviarImprimir
 
 
En Esta Sección
Angola, símbolo de corrupción
MIGUEL RIVERO, Lisboa
La vía multipolar
ELIZABETH BURGOS, París
La lección ucraniana
MIGUEL RIVERO, Lisboa
La estrategia china en América Latina
MR, Lisboa
La cámara del terror
ALEJANDRO ARMENGOL, Miami
Editoriales
Sociedad
Cultura
Internacional
Deporte
Opinión
Desde
Entrevista
Buscador
Cartas
Convocatorias
Humor
Enlaces
Prensa
Documentos De Consulta
Ediciones
 
Nosotros Contacto Derechos Subir